21-12-2021
Los mediadores de seguros logran no ser incluidos en la normativa europea DORA
La normativa imponía 120 puntos de control de seguridad digital y sistemas administrativos de información y cumplimiento, diseñados para las grandes entidades financieras. No son apropiados para un sector con 75.000 operadores en España y 500.000 en toda Europa. Equiparan los negocios de mediación con los de las entidades financieras y las compañías aseguradoras sin tener en cuenta el tamaño de cada uno.
Desde el punto de vista de la relación coste-beneficio, la propuesta DORA no se adapta a los riesgos reales ligados a los servicios informáticos de los mediadores. El sector de la mediación ya cumple minuciosamente con la ley de protección de datos.
Los costes para los mediadores, derivados de los requisitos de la normativa, no son proporcionales al escaso riesgo que presentan ni a los objetivos generales que hay que alcanzar. Imponer DORA se traduciría en cargas administrativas y costes desproporcionados con relación al bajo riesgo que se debe abordar.
La probabilidad de que un mediador sea fuente de riesgo de un ciberataque es menor que el de un consumidor que visita la web de un asegurador directo. Si el argumento para imponer la normativa DORA a los intermediarios es el riesgo, todos los consumidores de la UE que accedan al sitio web de un asegurador deberían cumplir con las disposiciones de DORA.
El dinero de los clientes proveniente de pagos de primas, que los mediadores tienen de forma temporal, ya está protegido por la Directiva de Distribución de Seguros (IDD). Además, los ingresos brutos anuales totales de los intermediarios son generalmente pequeños y están relacionados con su tamaño.